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Se establece una zona de exclusión de 4 kilómetros del casco urbano, avales para los camiones de gran tonelaje, plazos estrictos de arado o enterrado y sanciones de hasta 3.000 euros
16 de junio de 2026.- El Ayuntamiento de Campo Real ha decidido poner fin al vertido indiscriminado de lodos, estiércoles y purines en el entorno natural con una nueva ordenanza que establece medidas para compatibilizar la actividad agrícola con la protección del medio ambiente y especialmente la calidad de vida de los vecinos, que se veían afectados por los fuertes olores en época estival.
La nueva Ordenanza Reguladora de Vertidos de Estiércoles, Lodos y Purines en fincas rústicas del municipio, que entró en vigor el pasado 5 de junio, tiene como objetivo ordenar esta actividad ante el incremento del volumen de vertidos registrado en los últimos años, que ha derivado en una queja general de la ciudadanía, además de en un impacto significativo en el entorno natural.
La nueva regulación establece un marco claro de actuación para agricultores, ganaderos y empresas autorizadas, reforzando las garantías ambientales, la protección de la salud pública y la convivencia con los núcleos residenciales del municipio.
Entre las principales novedades de la ordenanza destaca la obligación de proceder al enterrado o arado inmediato de los vertidos realizados entre el 1 de marzo y el 31 de octubre. Durante el resto del año, esta labor deberá realizarse en un plazo máximo de 24 horas desde el vertido. Además, queda prohibida la realización de vertidos durante sábados, domingos, festivos o durante las Fiestas Patronales.
La normativa también limita la frecuencia de aplicación, estableciendo un máximo de un vertido por parcela y mes, y obliga a los titulares a comunicar previamente la actuación mediante una declaración responsable en la que deberán aportar el plano de la parcela, así como las fechas y horarios previstos para la realización de los trabajos.
Con el fin de proteger a los vecinos y preservar los recursos hídricos, la ordenanza fija una distancia mínima de exclusión muy superior a la habitual en otros municipios, alcanzado los 4.000 metros respecto a cualquier núcleo urbano o industrial y 800 metros respecto a manantiales, pozos y captaciones destinadas al abastecimiento de agua potable.
Asimismo, se prohíbe el transporte de estos residuos a través del casco urbano y de las zonas habitadas del municipio. Los vehículos deberán garantizar en todo momento la estanqueidad de la carga para evitar derrames, malos olores o afecciones a la vía pública. Además, los camiones con un peso superior a 26 toneladas deberán depositar un aval como garantía frente a posibles daños ocasionados en infraestructuras municipales.

La ordenanza contempla un régimen sancionador para los incumplimientos detectados, con multas que oscilan entre los 750 y los 3.000 euros en función de la gravedad de la infracción.
"Esta ordenanza responde a una demanda vecinal que todos padecíamos con olores nauseabundos en los días más calurosos y nos permite establecer reglas claras para garantizar que la actividad agrícola se desarrolle con todas las garantías ambientales y de convivencia", ha explicado el alcalde, Francisco Leal, subrayando que con esta ordenanza “ponemos coto a los vertidos indiscriminados que habían convertido algunos parajes en verdaderas mareas negras”.

